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LEY DEL POTENCIAL ORGONÓMICO:
El mantenimiento de la vitalidad del organismo se rige siempre porque el cuerpo más
cargado absorbe energía del menos cargado, tanto a nivel de célula como a nivel del
organismo. En su totalidad significa que el biosistema unitariamente está retomando y
absorbiendo energía del exterior, en cuanto que éste, tiene una menor carga energética.
(X. Serrano. Revista Energía, carácter y
sociedad. Vol. 6. nº 2, pág. 179).
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LIBIDO:
Energía biológica (orgónica) real que, al llegar a un determinado nivel, se percibe
como excitación sexual.
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Loco:
Que ha perdido la razón.
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Locura:
Lo que se aparta del conocimiento razonable de la realidad. Conjunto de conductas
desajustadas. Término que designa un estado bien definido en el plano médico-legal, a
saber, un desorden mental que aparece en el paciente que no es responsable de sus
acciones, o que ignora las consecuencias de las mismas.
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LSD:
Dietilamida del ácido lisérgico. Psicofirmaco del grupo de los psicotomiméticos que
puede modificar profundamente la actividad intelectual. Se distingue por sus efectos sobre
la percepción (alucinaciones, ilusiones ... ).
Dentro de estos últimos efectos algunos resultados observados son los siguientes:
elevación del umbral visual absoluto, intensificación de las experiencias subjetivas de
color con estímulos acromáticos, disminución de la discriminación de colores, cambios
en la percepción del tamaño, dirección y distancia y en el sentido del tiempo. El LSD
incrementa la sugestibilidad primaria. Ha sido utilizado en psicoterapia, en el
tratamiento psicoanalítico de neurosis e, incluso, del alcoholismo. Su eficacia
terapéutica, sin embargo, es cuestionable.
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